Pida a un familiar
Si es ciudadano estadounidense (USC) o residente permanente legal (LPR), es posible que pueda presentar una petición por determinados familiares. Los ciudadanos pueden pedir a su cónyuge e hijos y, si tienen al menos 21 años, a sus padres y hermanos. Los residentes permanentes pueden pedir a su cónyuge y a sus hijos solteros. El proceso puede ser largo, pero existe un camino. IHF ayuda a las familias a presentar peticiones familiares, desde el primer formulario hasta la aprobación final. En inglés o español.
Información sobre peticiones
Los ciudadanos estadounidenses (USC), los nacionales estadounidenses y los residentes permanentes legales (LPR) pueden presentar una petición I-130 para determinados familiares. El proceso comienza con el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, que busca demostrar una relación familiar que califica e inicia el caso ante USCIS. La aprobación de una I-130 no concede por sí sola estatus migratorio ni residencia permanente.
Para los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses, como cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años, no existe un límite anual y el caso avanza según los tiempos de procesamiento de USCIS. Para todas las demás personas, incluidas todas las categorías solicitadas por residentes permanentes, se aplica un límite anual de visas y la espera puede durar años.
Es posible que pueda pedir a un familiar cercano si cumple con los requisitos que aparecen a continuación. Si no sabe si califica, programe una consulta de elegibilidad para recibir más información.
Quién puede calificar
- Es ciudadano estadounidense, nacional estadounidense o residente permanente legal.
- La relación está incluida en una categoría que puede pedir según su estatus. Un ciudadano debe tener al menos 21 años para pedir a sus padres o hermanos. Un residente permanente no puede pedir a sus padres, hermanos ni hijos casados.
- Puede demostrar la relación familiar mediante actas de matrimonio, nacimiento o adopción.
- Puede demostrar su propio estatus mediante un pasaporte, certificado de naturalización o tarjeta de residencia permanente.
- Cuando corresponda, usted y cualquier patrocinador conjunto cumplen con los requisitos del Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la INA.
- Está dispuesto a asumir el compromiso de patrocinio económico que conlleva la petición.
Cómo ayuda IHF, paso a paso
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1
Consulta de elegibilidad
Nuestros abogados de inmigración y representantes acreditados por el Departamento de Justicia revisan su caso y determinan si cumple con los requisitos de la petición. Traiga sus declaraciones de impuestos más recientes; las utilizamos para confirmar si es elegible para pagar tarifas reducidas.
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2
Preparación de formularios
El personal de IHF preparará los formularios y cualquier documentación adicional.
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3
Pruebas de respaldo
Le ayudamos a preparar y revisar las pruebas necesarias para comprobar la relación entre el peticionario y el beneficiario.
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4
Presentación y seguimiento
Presentamos la petición en línea o en papel, damos seguimiento a las notificaciones de recibo y le ayudamos a responder a cualquier Solicitud de Evidencia (RFE) de USCIS.
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5
Apoyo en el siguiente paso
Cuando el beneficiario esté listo para la siguiente etapa, podemos ayudarle con el ajuste de estatus o el procesamiento consular.
Pida a un familiar: respuestas
¿Cuánto cuestan los servicios de IHF?
¿Puede mi hijo ciudadano estadounidense presentar una petición por mí?
¿Cuánto dura la espera para pedir a un hermano?
De dónde proviene esta información
Enlaces directos a las fuentes gubernamentales y autorizadas que utilizamos. Si encuentra información desactualizada, escriba a info@immigrantfoundation.org.
- USCIS — Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero Formulario de petición familiar
- USCIS — Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la INA Requisitos de patrocinio económico
- Departamento de Estado — Boletín de Visas Actualizaciones mensuales de fechas de prioridad
- USCIS — Familiares de ciudadanos estadounidenses Categorías de elegibilidad
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