Revisado en junio 2026
Servicios legales de inmigración

Permiso de permanencia temporal en el país para familiares de militares

Permiso temporal militar para familiares de militares

Si es familiar indocumentado de un miembro actual o anterior de las Fuerzas Armadas que cumple con los requisitos, podría calificar para el permiso de permanencia temporal en el país, conocido en inglés como Military Parole in Place. Es una determinación discrecional, caso por caso. Una concesión puede permitirle solicitar autorización de empleo y, para ciertas personas que son elegibles por otra vía, satisfacer el requisito de haber sido inspeccionadas y haber recibido permiso de permanencia temporal para solicitar el ajuste de estatus. No concede por sí sola un estatus migratorio ni la residencia permanente. IHF revisa su caso, las pruebas y la solicitud.

Permiso de permanencia temporal para familiares de militares
Tarifas según sus ingresos
Para quién es
Familiares indocumentados de miembros de las Fuerzas Armadas Cónyuges, viudos(as), padres, madres, hijos o hijas de cualquier edad o estado civil
Plazo habitual
De 4 a 8 meses Los tiempos de procesamiento varían; consulte los plazos actuales de USCIS
Costo de IHF
Tarifas según sus ingresos Pueden aplicarse tarifas de IHF según sus ingresos, además de las tarifas de USCIS

Permanezca en EE. UU. mientras busca obtener la residencia permanente legal

El permiso de permanencia temporal en el país para familiares de militares, conocido como Military Parole in Place (PIP), es una medida discrecional que USCIS decide caso por caso. Puede ayudar a ciertas personas que ingresaron sin inspección a satisfacer el requisito de haber sido inspeccionadas y haber recibido permiso de permanencia temporal para un ajuste de estatus, pero solo si también tienen una base independiente para la residencia permanente y cumplen con todos los demás requisitos.

IHF revisa su caso para determinar si es elegible, evalúa las pruebas que deben acompañar la solicitud y prepara la solicitud.

Es posible que califique si cumple con todos los criterios que aparecen a continuación. Si tiene dudas sobre alguno de ellos, programe una consulta de elegibilidad y los revisaremos con usted.

Quién puede calificar

  • Es cónyuge, viudo(a), padre, madre, hijo o hija, de cualquier edad o estado civil, de una persona en servicio activo en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos, integrante de la Reserva Selecta de la Reserva Preparada o exintegrante de esas fuerzas o de la Reserva Selecta.
  • Ingresó a EE. UU. sin inspección, es decir, sin visa, admisión ni permiso de permanencia temporal.
  • Revela cualquier procedimiento u orden de remoción previa para que se determine qué agencia tiene jurisdicción y si existen obstáculos adicionales.
  • No presenta condenas penales ni otros factores adversos graves que impidan un ejercicio favorable de discreción.
  • Puede presentar pruebas de la relación familiar.

Cómo ayuda IHF, paso a paso

  1. 1

    Consulta de elegibilidad

    Escuchamos su historia con atención y revisamos las pruebas que ya tiene.

  2. 2

    Revisión de elegibilidad

    Confirmamos que cumpla con todos los criterios e identificamos cualquier problema antes de presentar documentos.

  3. 3

    Recopilación de documentos

    Le ayudamos a reunir pruebas de la relación con el miembro de las Fuerzas Armadas, pruebas de identidad y cualquier expediente de respaldo.

  4. 4

    Preparación de formularios

    El personal de IHF preparará los formularios y cualquier documentación adicional.

  5. 5

    Presentación y seguimiento

    Usted firma, le ayudamos a presentar la solicitud y le explicamos los siguientes pasos de USCIS.

Preguntas frecuentes

Permiso de permanencia temporal en el país para familiares de militares: respuestas

¿Cuánto cuestan los servicios de IHF?
Realizamos una evaluación de elegibilidad para comprender su situación antes de determinar cualquier tarifa. Utilizamos una escala variable de acuerdo con sus ingresos. Le informamos el costo por adelantado y le ayudamos a solicitar una exención de pago de tarifas de USCIS si califica.
¿Quiénes de mi familia pueden presentar una solicitud?
Podrían ser elegibles los cónyuges, viudos(as), padres, madres, hijos o hijas indocumentados, de cualquier edad o estado civil, del miembro de las Fuerzas Armadas que los patrocina. El caso de cada familiar se revisa por separado.
¿Este programa funciona si permanecí en el país después del vencimiento de mi visa?
El permiso de permanencia temporal en el país para familiares de militares está dirigido específicamente a personas que ingresaron a EE. UU. sin inspección. Si ingresó legalmente y permaneció después de que venció su visa, podría corresponder otro camino. Visítenos para que revisemos su situación.
¿Qué sucede después de que se aprueba el PIP para militares?
La aprobación concede un período discrecional de permiso de permanencia temporal; no concede por sí sola estatus migratorio ni residencia permanente. Puede permitirle solicitar un Documento de Autorización de Empleo bajo la categoría correspondiente. Si también tiene una petición o categoría de residencia que califica y cumple con los demás requisitos, la concesión puede ayudarle a solicitar el ajuste de estatus. IHF puede revisar esos pasos por separado.
Fuentes

De dónde proviene esta información

Enlaces directos a las fuentes gubernamentales y autorizadas que utilizamos. Si encuentra información desactualizada, escriba a info@immigrantfoundation.org.

  1. USCIS — Opciones discrecionales para militares, personas en proceso de alistamiento y sus familiares Página oficial que explica el permiso de permanencia temporal en el país para ciertos familiares de militares; verifique el estado actual antes de presentar
  2. USCIS — Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida Formulario utilizado para solicitar el permiso de permanencia temporal en el país, entre otros documentos
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