Revisado en julio 2026
Servicios legales de inmigración

Pida a un familiar

Peticiones familiares

Si es ciudadano estadounidense (USC) o residente permanente legal (LPR), es posible que pueda presentar una petición por determinados familiares. Los ciudadanos pueden pedir a su cónyuge e hijos y, si tienen al menos 21 años, a sus padres y hermanos. Los residentes permanentes pueden pedir a su cónyuge y a sus hijos solteros. El proceso puede ser largo, pero existe un camino. IHF ayuda a las familias a presentar peticiones familiares, desde el primer formulario hasta la aprobación final. En inglés o español.

Peticiones familiares
Tarifas según sus ingresos
Para quién es
Ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales Los familiares elegibles dependen del estatus y, en algunos casos, de la edad del peticionario
Plazo habitual
De 12 a 18 meses Para familiares inmediatos; las categorías con límites tardan más
Costo de IHF
Tarifas según sus ingresos Pueden aplicarse tarifas de IHF según sus ingresos, además de las tarifas de USCIS

Información sobre peticiones

Los ciudadanos estadounidenses (USC), los nacionales estadounidenses y los residentes permanentes legales (LPR) pueden presentar una petición I-130 para determinados familiares. El proceso comienza con el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, que busca demostrar una relación familiar que califica e inicia el caso ante USCIS. La aprobación de una I-130 no concede por sí sola estatus migratorio ni residencia permanente.

Para los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses, como cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años, no existe un límite anual y el caso avanza según los tiempos de procesamiento de USCIS. Para todas las demás personas, incluidas todas las categorías solicitadas por residentes permanentes, se aplica un límite anual de visas y la espera puede durar años.

Es posible que pueda pedir a un familiar cercano si cumple con los requisitos que aparecen a continuación. Si no sabe si califica, programe una consulta de elegibilidad para recibir más información.

Quién puede calificar

  • Es ciudadano estadounidense, nacional estadounidense o residente permanente legal.
  • La relación está incluida en una categoría que puede pedir según su estatus. Un ciudadano debe tener al menos 21 años para pedir a sus padres o hermanos. Un residente permanente no puede pedir a sus padres, hermanos ni hijos casados.
  • Puede demostrar la relación familiar mediante actas de matrimonio, nacimiento o adopción.
  • Puede demostrar su propio estatus mediante un pasaporte, certificado de naturalización o tarjeta de residencia permanente.
  • Cuando corresponda, usted y cualquier patrocinador conjunto cumplen con los requisitos del Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la INA.
  • Está dispuesto a asumir el compromiso de patrocinio económico que conlleva la petición.

Cómo ayuda IHF, paso a paso

  1. 1

    Consulta de elegibilidad

    Nuestros abogados de inmigración y representantes acreditados por el Departamento de Justicia revisan su caso y determinan si cumple con los requisitos de la petición. Traiga sus declaraciones de impuestos más recientes; las utilizamos para confirmar si es elegible para pagar tarifas reducidas.

  2. 2

    Preparación de formularios

    El personal de IHF preparará los formularios y cualquier documentación adicional.

  3. 3

    Pruebas de respaldo

    Le ayudamos a preparar y revisar las pruebas necesarias para comprobar la relación entre el peticionario y el beneficiario.

  4. 4

    Presentación y seguimiento

    Presentamos la petición en línea o en papel, damos seguimiento a las notificaciones de recibo y le ayudamos a responder a cualquier Solicitud de Evidencia (RFE) de USCIS.

  5. 5

    Apoyo en el siguiente paso

    Cuando el beneficiario esté listo para la siguiente etapa, podemos ayudarle con el ajuste de estatus o el procesamiento consular.

Preguntas frecuentes

Pida a un familiar: respuestas

¿Cuánto cuestan los servicios de IHF?
Realizamos una evaluación de elegibilidad para comprender su situación antes de determinar cualquier tarifa. Utilizamos una escala variable de acuerdo con sus ingresos. Le informamos el costo por adelantado y le ayudamos a solicitar una exención de pago de tarifas de USCIS si califica.
¿Puede mi hijo ciudadano estadounidense presentar una petición por mí?
Puede hacerlo cuando tenga al menos 21 años. La aprobación de la petición no significa necesariamente que usted pueda ajustar su estatus dentro de Estados Unidos; antes de presentar, programe una cita con un abogado o representante acreditado por el Departamento de Justicia para revisar su forma de ingreso, antecedentes migratorios y posibles causales de inadmisibilidad.
¿Cuánto dura la espera para pedir a un hermano?
Las peticiones para hermanos están sujetas a un límite anual y la espera puede durar muchos años. El plazo exacto depende, entre otros factores, del país de nacimiento del beneficiario. Durante la consulta le mostraremos el Boletín de Visas vigente del Departamento de Estado para que pueda planificar con información clara.
Fuentes

De dónde proviene esta información

Enlaces directos a las fuentes gubernamentales y autorizadas que utilizamos. Si encuentra información desactualizada, escriba a info@immigrantfoundation.org.

  1. USCIS — Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero Formulario de petición familiar
  2. USCIS — Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la INA Requisitos de patrocinio económico
  3. Departamento de Estado — Boletín de Visas Actualizaciones mensuales de fechas de prioridad
  4. USCIS — Familiares de ciudadanos estadounidenses Categorías de elegibilidad
Privado y seguro

¿Necesita reunirse de forma segura?

Programe una consulta privada en línea. Formularios cifrados, videollamada segura y personal bilingüe. No necesita acudir en persona.

Enviar un mensaje